Es el sistema sucesorio creado por el Pretor frente al sistema
sucesorio del antiguo Derecho civil, denominado hereditas
Transformación del derecho sucesorio
Las disposiciones de las
XII Tablas en esta materia, no era ni justas ni equitativas. La transformación sufrida por la sociedad
romana ya a finales de la época republicana, afecta gradualmente al antiguo sistema
de la familia agnaticia, que empieza a perder importancia a favor del concepto
de familia cognaticia, repercutiendo en la transformación del derecho sucesorio.
Transformación primitivo ius civile
El Pretor considera justo llamar a la herencia a parientes del
difunto por lazos de sangre, aunque no
formen parte de la familia agnaticia.
Ante la imposibilidad
del Pretor de
conceder la cualidad jurídica de heredero, se restringió a conceder la
posesión de los bienes hereditarios, si así lo estimaba conveniente y en
atención a determinados presupuestos, a aquéllos que la solicitaban: en esto
consistía la institución de la bonorum
possessio, un verdadero sistema sucesorio, que convive durante largo tiempo
junto al del derecho civil.
Funciones
de la bonorum possessio
Funciones auxiliar,
proteger la posesión a quien sustentara tener derecho a una determinada
herencia.
Como:
Si alguien sustentaba ser heredero acudía al Pretor
exponiendo el fundamento de su derecho, bien sea exhibiendo el testamento o
invocando el vínculo de parentela que lo ligaba al difunto; a continuación el
Pretor lo autorizaba a entrar en posesión de los bienes hereditarios,
concediéndoles al mismo tiempo el interdictum quorum bonorum, con el que
podían actuar frente a los detentadores de tales bienes para así obtener la
posesión, sin necesidad de acudir a la hereditatis petitio y a
su complicado procedimiento.
Funciones supletorias y correctoras, concediéndola el Pretor incluso a quienes
no tuviesen título hereditario civil.
Como:
Cuando el causante moría sin testar, el Pretor
concedía la posesión de los bienes a personas que no eran contemplados como
herederos ab intestato por el Derecho civil, creando así la figura del sucesor
que sólo tenía título pretorio, y al que no bastando el interdictum
quorum bonorum para conseguir los bienes, le concedía acciones
ficticias.
Clases de bonorum possessio
Bonorum possessio secundum tabulas
Cuando la posesión se concedía a quienes eran instituidos herederos en el testamento. El Pretor concedía esta posesión al que presentase un testamento válido en su forma externa, provisto de los sellos correspondientes.
Bonorum possessio tabulas
Cuando la posesión se concedía a favor de aquellas personas que habían sido excluidas injustamente de la herencia por testamento.
Bonorum possessio sine tabulas
Cuando habiendo fallecido el causante intestado, el Pretor concedía la posesión, bien a aquéllos que eran herederos civiles ab intestato, bien a personas unidas al causante por vínculos de parentela, pero no contemplados por el Derecho civil.
Clases de bonorum possessio
Bonorum possessio secundum tabulas
Cuando la posesión se concedía a quienes eran instituidos herederos en el testamento. El Pretor concedía esta posesión al que presentase un testamento válido en su forma externa, provisto de los sellos correspondientes.
Bonorum possessio tabulas
Cuando la posesión se concedía a favor de aquellas personas que habían sido excluidas injustamente de la herencia por testamento.
Bonorum possessio sine tabulas
Cuando habiendo fallecido el causante intestado, el Pretor concedía la posesión, bien a aquéllos que eran herederos civiles ab intestato, bien a personas unidas al causante por vínculos de parentela, pero no contemplados por el Derecho civil.
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