Históricamente, ha
imperado siempre llamar a la herencia abintestato a los familiares del difunto
bien atendiendo sólo al parentesco existente o bien combinando el parentesco
con la procedencia troncal de los bienes.
En la sociedad
contemporánea, ha acabado por imponerse los sistemas de parentesco, por la
razón de que la troncalidad es una idea motriz de una economía estancada o
vinculada que sujeta a una línea familiar a los bienes, en vez de permitir que
las personas vivan sometiendo a los bienes a sus intereses de cada momento.
El Códigos CivilVenezolano ha optado por el sistema de parentesco, llamado de
las tres líneas; descendente, ascendente y colateral y como último heredero el
Estado.
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